Te enseñamos

Severa

Todos los pasos para obtener una ayuda para comprar una silla de ruedas

Antes de iniciar el proceso es preciso que la persona solicite el certificado de discapacidad

A medida que la demencia evoluciona, la mayoría de los pacientes experimentarán problemas de movilidad. Comprar una silla de ruedas se convertirá, probablemente, en algo inevitable. En este artículo explicamos todos los pasos que hay dar para obtener una ayuda de la Seguridad Social.

La madre de Sandra, Elvira, es tan coqueta que cuando empezó a tener problemas de movilidad se negaba a llevar bastón. Ella quería ir del brazo de su marido, de sus hijos y de sus nietos, pero al bastón no lo quería ver ni en pintura.

Cuando su demencia vascular se agravó tras sufrir un ictus, tuvo que aceptar que había llegado una nueva etapa, la de la silla de ruedas. En contra de lo que sus hijos podían suponer, Elvira aceptó muy bien este nuevo medio. Ella ya no podía caminar, pero la silla le permitía salir a la calle y dar largos paseos.

Mientras permaneció en el hospital, le prestaron una para que sus hijos pudieran pasearla. Así recorrieron todas sus dependencias; ella disfrutaba de aquellas pequeñas excursiones.

El mensaje estaba claro: necesitaban una silla de ruedas para cuando Elvira recibiera el alta.

Pero ¿qué tenían que hacer para obtener una? ¿Podrían optar a alguna ayuda para poder comprarla?

La Seguridad Social proporciona ayudas para poder adquirir una silla de ruedas. En el Catálogo General de Material Ortoprotésico se detallan la características y el importe. También se pueden obtener ayudas para obtener un bastón y un andador.

Requisitos:

  1. Ser titular de la tarjeta sanitaria.
  2. Acudir al médico de cabecera para que éste le remita a un especialista, quien se encargará de prescribirle el material ortoprotésico (silla de ruedas, bastón, andador…) La prescripción tiene que proceder de un especialista de la Seguridad Social, no es válida la de un médico privado. Esta prescripción tendrá que presentarse junto con el resto de la documentación.
  3. Disponer de la factura que pruebe que ha adquirido el material que el médico le ha prescrito.
  4. Cumplimentar la solicitud de ayuda, que se puede recoger en la Consejería de Sanidad o en su página web. Para ello hay que buscar en Reintegro de Gastos por Prestación Ortoprotésica. Si la persona cuenta con una discapacidad de más del 65% no tendrá que abonar nada.
  5. Adjuntar la copia del DNI.
  6. Disponer de una cuenta corriente como titular o persona autorizada para que le puedan ingresar la ayuda mediante una transferencia bancaria.

La persona también puede solicitar ayudas para obtener cojines antiescaras, una cama articulada y una grúa. Para ello es preciso que consulte antes en la Consejería de Salud de su comunidad y en el Ayuntamiento de su ciudad, dado que cada Comunidad Autónoma tiene una regulación diferente.

En Madrid, por ejemplo, el Ayuntamiento facilita camas articuladas y grúas a personas que no pueden realizar actividades básicas en su vida diaria. El servicio municipal presta estos productos que, posteriormente, cuando desaparezca la necesidad, deben ser devueltos.

¿Dónde hay que presentar la documentación?

Se puede presentar en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro que haya en su comunidad autónoma, que tenga la Administración General del Estado, que haya en las entidades locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

En las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro los ciudadanos pueden presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones que van dirigidos a cualquier Administración Pública, ya pertenezca a la Administración General del Estado, a la Administración Autonómica o a la Administración Local.

En estas oficinas se escaneará su solicitud y el resto de los documentos presentados y se devolverán los originales. Además, se proporcionará un recibo para que se pueda acreditar la presentación de la solicitud ante la Administración.

También se puede presentar la solicitud y el resto de la documentación a través de internet. Para poder hacerlo mediante el registro electrónico, es necesario disponer de un DNI electrónico o de uno de los certificados electrónicos reconocidos por su comunidad.

Discapacidad: concepto

Dado que las ayudas dependen del grado de discapacidad que se le haya otorgado a nuestro ser querido, es conveniente solicitarla. Pero antes de nada hay que familiarizarse con este concepto.

La discapacidad, desde el punto de vista administrativo, es un concepto que pone en marcha un procedimiento cuyo objetivo es apoyar a las personas -mediante beneficios y ventajas sociales- que presentan limitaciones y restricciones en determinadas actividades debido a una deficiencia de salud congénita, hereditaria o adquirida.

Tipos de discapacidad

Según la fundación Adecco, los diversos tipos de discapacidad se clasifican en 5 grupos:

  • Discapacidad física: Engloba alteraciones relacionadas con el sistema neuromuscular (afectan a los nervios y a los músculos) y esquelético (relacionadas con los huesos del cuerpo) que dificultan el movimiento.
  • Discapacidad psíquica: Provocada por alteraciones en las funciones relacionadas con la conducta adaptativa (habilidades conceptuales, sociales y prácticas que se aprenden y que permiten responder a las circunstancias de la vida diaria), con las facultades mentales y las estructuras neurológicas.
  • Discapacidad sensorial: Relacionada con alteraciones de los sentidos: oído, vista, gusto, olfato y sistema nervioso.
  • Discapacidad intelectual: Relacionada con las alteraciones de la función intelectual (por debajo del promedio) y de la conducta adaptativa.
  • Discapacidad orgánica: Relacionada con alteraciones crónicas de las funciones orgánicas del aparato locomotor –muscular y óseo-, respiratorio, digestivo, excretor, circulatorio, endocrino, nervioso y reproductor o con estructuras del sistema nervioso.

Cómo solicitar el certificado de discapacidad

Para obtener un certificado de discapacidad es necesario iniciar un procedimiento en el que hará una valoración médica, social y psicológica y en el que se tendrá en cuenta la edad; la situación familiar, laboral y profesional; el nivel educativo y cultural y el entorno habitual en el que se desenvuelve la persona con discapacidad.

La evaluación de todos los elementos determinarán el grado de discapacidad de la persona, que se medirá mediante un porcentaje. Este porcentaje determinará los beneficios y ventajas sociales y fiscales que recibirá. El solicitante comenzará a obtener esa ayuda si su puntuación es igual o superior a un 33%.

Proceso para obtener la discapacidad

  • La pueden solicitar todas las personas de nacionalidad española y los extranjeros residentes legalmente en España.
  • En cualquier momento la persona interesada puede solicitar el reconocimiento inicial. El proceso requiere tener paciencia porque puede durar una media de 6 a 10 meses, dependiendo de la comunidad autónoma.
  • Completar la solicitud, que se puede obtener en el Centro de Orientación y Valoración de discapacidades o en la página web de la Consejería.
  • Se necesita la copia del DNI de la persona solicitante y de la persona responsable (el guardador de hecho, persona física o jurídica que de forma transitoria acoge a una persona que ya no puede tomar decisiones por sí misma- o el tutor legal). En su defecto el Libro de familia.
  • Un informe médico. Este informe puede realizarlo el médico de Atención Primaria, pero debe utilizar el formato específico con el que se solicita la discapacidad, de lo contrario no será válido.
  • Además del informe médico, es recomendable presentar un informe psicológico y un informe de un fisioterapeuta.
  • En el caso de que exista una situación social desfavorable, es conveniente acudir a la trabajadora social para que emita un informe; se puede contactar con ella en el ayuntamiento. Por ejemplo, si la persona no tiene familia, si no cuenta con suficientes recursos económicos, si las relaciones familiares no son buenas o si la vivienda no reúne las condiciones adecuadas (vive en un quinto piso sin ascensor…)
  • Presentar la documentación en el Centro de Orientación y Valoración de Discapacidades o en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro que haya en su comunidad autónoma o a través de la página web de la consejería.
  • Una vez presentada la documentación hay que esperar para que se haga la valoración (de 6 a 9 meses). La cita se comunicará mediante una carta.
  • La valoración la realizará un médico o un psicólogo o un trabajador social. Para obtener la valoración hay que esperar unos cinco meses.
  • En el caso de no estar de acuerdo con la resolución, los interesados puede presentar una reclamación.

 

Fecha de publicación: 16 enero 2020

CONDICIONES DE USO DEL SERVICIO

La información facilitada por este medio no puede, en modo alguno, sustituir a un servicio de atención médica directa, así como tampoco debe utilizarse con el fin de establecer un diagnóstico, o elegir un tratamiento en casos particulares. En este servicio no se hará ninguna recomendación, explícita o implícita, sobre fármacos, técnicas, productos, etc. que se citarán únicamente con finalidad informativa. La utilización de este servicio se lleva a cabo bajo la exclusiva responsabilidad de los usuarios.

¿TE AYUDAMOS?

Estamos a tu lado para ayudarte a buscar soluciones que se adapten a ti y a tu familiar.

01

Residencias mayores

Estancias temporales y permanentes con equipo médico propio para que tu familiar esté siempre bien cuidado.

02

Centros de día

Con servicios de estimulación cognitiva y física y un programa amplio de actividades adaptadas a personas mayores.

03

Servicios a domicilio

Amplia oferta de servicios de especialistas a domicilio para que tu familiar esté en las mejores manos: cuidadores, fisioterapeutas, enfermería…

4 Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

* Campos obligatorios

Artículos relacionados