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Solicitar una ayuda de la Ley de dependencia en Madrid
En este artículo te explicamos los servicios que ofrece esta norma, el tipo de ayudas y qué documentación hay que presentar
- ¿Cómo solicitar la ayuda de la Ley de Dependencia?
- ¿Cuándo una persona se define como dependiente?
- ¿Qué servicios ofrece este sistema?
- ¿En qué consisten los servicios para prevenir las situaciones de dependencia e impulsar la autonomía personal?
- ¿Qué tipo de ayudas económicas contempla esta ley?
- Presentación de la documentación paso a paso:
- ¿Cómo se reconoce la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones?
- Concepto clave: PIA
Gisela y sus hermanos se habían planteado muchas veces solicitar una ayuda para su madre a la Ley de Dependencia. Sobre todo, cuando tuvieron cerca el caso de su suegra Encarna. Encarna, una mujer de 90 años que vivía sola en su casa, se valía todavía por sí misma, pero necesitaba ayuda con las labores domésticas más pesadas. Por eso, desde hacía unos meses le habían concedido una ayuda a domicilio. Una señora venía a su casa dos veces a la semana. Pero con su madre, Pilar, no había manera. Se negaba en rotundo a que nadie extraño entrase en su casa. Sin embargo, cuando su madre sufrió un microinfarto cerebral y su demencia avanzó rápidamente, no hubo otra salida que solicitar una ayuda para pagar los cuidados que requería. Y le tocó a Gisela estudiarse la Ley de Dependencia. Dado el lenguaje que utiliza la Administración en sus comunicaciones, la tarea no iba a ser fácil. Preparó sus armas –papel, lápiz y el ordenador– respiró profundamente y se puso a ello.
Como la madre de Gisela reside en Madrid, se metió en la página www.madrid.org y, una vez allí, no tardó en dar con ello, porque Atención a la Dependencia aparecía entre los servicios más consultados. Enseguida se dio cuenta que debía estar muy atenta tanto a la columna de la izquierda como a la columna más estrecha de la derecha. Y, después de guardar la dirección en sus favoritos del navegador, empezó con la definición.
¿Cómo solicitar la ayuda de la Ley de Dependencia?
¿Cuándo una persona se define como dependiente?
Cuando precisa de la atención de otras o de recibir ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria, debido a su edad, a una enfermedad o por sufrir una discapacidad. En el caso de su madre, estaba clarísimo: ya no podía andar, ni levantarse de la cama, ni lavarse, ni comer.
¿Qué servicios ofrece este sistema?
Encontrar aquella información le costó más. Después de bucear aquí y allá, dio con el documento Preguntas más frecuentes sobre la Ley de la Promoción de la Autonomía personal y Atención a las personas en situación de dependencia (Ley de Dependencia)
El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) proporciona:
- Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y para promocionar la autonomía personal.
- Servició de Teleasistencia
- Servicio de ayuda a domicilio
- Atención de las necesidades del hogar
- Cuidados personales
- Servicio para acudir a un Centro de día y de noche
- Centro de Día para mayores
- Centro de Noche
- Servicio de Atención Residencial
¿En qué consisten los servicios para prevenir las situaciones de dependencia e impulsar la autonomía personal?
Según la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología, existen los siguientes servicios:
- Habilitación y terapia ocupacional
- Atención temprana
- Estimulación cognitiva
- Promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional
- Habilitación psicosocial para personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual
- Apoyos personales y cuidados en alojamientos especiales (viviendas tuteladas). Estos servicios solo son para aquellas personas que están valoradas con un grado I, es decir, que para ser autónomas, necesitan apoyos puntuales.
¿Qué tipo de ayudas económicas contempla esta ley?
- Prestación económica vinculada al servicio. Esta ayuda se destina a cubrir los gastos de un servicio, previsto en el Programa Individual de Atención (PIA), que no es posible darle mediante un servicio público o concertado.
- Prestación económica para cuidados en el medio familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. De carácter excepcional, el objetivo de esta ayuda es que la persona sea cuidada en su domicilio por cuidadores no profesionales, siempre que la vivienda sea habitable y las relaciones derivadas de la convivencia sean adecuadas.
- Prestación económica de asistencia personal. Solo se podrán beneficiar de esta ayuda las personas que tienen una gran dependencia (grado III, es decir, cuando la persona necesita el apoyo continuo de otra). La ayuda se destinará a contratar un asistente personal que ayude a la persona a llevar una vida autónoma.
Presentación de la documentación paso a paso:
- ¿Dónde se pueden recoger los impresos de solicitud de la Ley de Dependencia?
En los servicios sociales comunitarios más próximos al domicilio, en las oficinas de la Dirección General de la Dependencia (calle Agustín de Foxá 31, planta baja) o a través de la página web de dependencia de su comunidad autónoma. En Madrid, se pueden descargar en www.madrid.org. Se puede encontrar más información sobre la Ley de Dependencia en este enlace. - ¿Qué documentación hay que presentar para tramitar la Ley de la Dependencia?
- Fotocopia compulsada del DNI/NIE/pasaporte en vigor del solicitante.
- Un informe sobre el estado de salud, emitido por un médico colegiado de ámbito público o privado presentado en el modelo normalizado.
- Certificado de empadronamiento que justifique el domicilio actual, así como cinco años de permanencia en España, de los cuales, los dos últimos sean inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Los residentes que no tengan nacionalidad española podrán presentar el certificado de residencia legal en España por los mismos periodos.
- Si el solicitante es pensionista de gran invalidez, o tiene reconocido algún grado de discapacidad, deberá presentar fotocopia de los documentos que lo acrediten.
- Si la ayuda se solicita mediante un representante legal o guardador de hecho, éste deberá presentar:
– Fotocopia de su DNI/NIE/pasaporte.
– Si se trata del representante legal, la sentencia judicial con nombramiento de representante legal. Si se ha iniciado el trámite de incapacitación, justificante del inicio del proceso.
– Declaración del guardador de hecho.
- ¿Dónde se debe presentar la documentación?
Se puede presentar on line o de forma presencial.
Si se presenta on line hay que subir la documentación en la página www.madrid.org. Se puede encontrar más información sobre la Ley de la Dependencia en este enlace.
Si se opta por entregar la documentación, la solicitud se puede presentar en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid y de la Administración General del estado, de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas integradas de Atención al ciudadano y en las Oficinas de Correos. - Plazos
No existe ningún plazo para solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia. El procedimiento lo puede solicitar en cualquier momento.
¿Cómo se reconoce la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones?
Una vez presentada la documentación, el siguiente paso será la valoración del grado de dependencia del solicitante, que lo hará la Dirección General de Coordinación de la Dependencia (DGCD), que emitirá una resolución en la que se determinará el grado y nivel de dependencia y los servicios o prestaciones económicas que le correspondan. Los encargados de la evaluación son trabajadores sociales que dependen del Ayuntamiento y que se trasladarán al lugar donde reside la persona dependiente.
Concepto clave: PIA
El Programa Individual de Atención (PIA) es elaborado por los profesionales en función de toda la documentación presentada. Este programa se negociará con el solicitante y en él se determina el servicio o prestación económica más adecuada para que esa persona reciba los cuidados que necesita, teniendo en cuanta el grado y nivel de discapacidad que se le han reconocido.
Gisela sabía que este camino tedioso no había hecho más que empezar. Pero una vez que ya había trazado la ruta, un lenguaje administrativo, frío y enrevesado, no la iba a desalentar, y se dijo: “A por ello”.
Fecha de publicación: 23 noviembre 2016
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