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Cuál es la labor de una trabajadora social en una residencia

Se ocupa de la tramitación del internamiento judicial, de la incapacidad legal y de las ayudas de la Ley de la dependencia

Cuando un familiar decide ingresar a su ser querido con demencia en una residencia, la trabajadora social del centro puede ayudar a que este proceso sea mucho más fácil, ocupándose de la tramitación del internamiento judicial, de la incapacidad legal y de las ayudas de la Ley de la dependencia.

Rosa permanece sentada en una salita mientras espera a Sheila Agustí, trabajadora social del Centro Residencial Sanitas Mayores La Seu (Valencia). En la mesita han dejado unas revistas, pero ella no tiene ganas de hojearlas, un nudo en el estómago se lo impide.

Ha solicitado esta cita porque ha decidido ingresar a su marido en esta residencia. Él lleva cinco años con una demencia frontotemporal. Hasta ahora, Rosa ha podido mantenerle en casa, ocupándose de sus cuidados, pero, ahora, con sus ataques de agresividad y su rotunda negativa a tomarse la medicación, ha tenido que tirar la toalla. Ya no puede más.

Andrés y Rosa se conocieron en el trabajo. Él era médico y ella enfermera en el mismo centro de salud cuando aparecieron los primeros síntomas. La formación de Andrés facilitó que rápidamente se diera cuenta de que algo no iba bien.

Ella recuerda con claridad cuando Andrés le contó que había intentado hacer una receta a un paciente, pero cuando intentó escribir el nombre de los medicamentos no había podido. Ella le comentó que sería estrés, que no se preocupara, pero él no hizo caso y llamó a un amigo. Le hicieron las pruebas y el diagnóstico fue claro: tenía demencia frontotemporal. Aquello fue un mazazo.

A pesar de todo, los siguientes dos años no fueron malos. Transcurrieron sin apenas síntomas. Pero el tercero ya fue otra cosa. Y el último… ni ella se explica cómo ha reunido fuerzas para afrontarlo. Así que hoy se encuentra aquí, esperando a Sheila, quien será su punto de contacto.

Cuando Sheila aparece por la puerta y la mira sabe lo primero que tiene que hacer: apoyarla emocionalmente, tranquilizarla.

“En esta primera entrevista le trasmití lo que íbamos a hacer. Le expliqué el grupo de profesionales que iba a ocuparse de su marido y qué funciones tendría cada uno. Se trata de que confíe en nosotros y luche contra el sentimiento de culpa que tienen la mayoría de los cuidadores cuando toman este tipo de decisión”.

En la segunda parte de la entrevista le adelanté los pasos que había que dar en cuanto su marido ingresara en esta residencia y las ayudas que podría solicitar.

Internamiento judicial

Para ingresar en una residencia lo primero que hay que hacer es firmar un contrato. Existen tres formas de firmar un contrato.

La primera es cuando la persona firma por su propia voluntad porque no tiene ningún deterioro cognitivo. En la segunda, lo firma un tutor porque ya se ha tramitado la incapacidad legal de esa persona al no estar capacitada. En ese caso, el tutor muestra el número de sentencia que ha emitido el juez, en la que se reconoce la incapacidad y firma el contrato. En el tercer caso, la persona sufre una demencia y no tiene gestionada la incapacidad.

Esta situación implica que hay que tramitar un internamiento, lo que conlleva informar al juzgado sobre esta situación. La trabajadora social, en este caso Sheila, avisa que una persona ha ingresado en la residencia y que el contrato lo ha firmado un familiar en su nombre porque no está capacitado para hacerlo. Entonces, un representante del juzgado acude para hacer una valoración y determinar si la persona puede o no tomar esa decisión por sí misma.

“El objetivo es evitar que alguien permanezca obligado en un sitio en el que no quiere estar”, aclara Sheila.

La gestión del internamiento se tiene que tramitar o antes de que la persona ingrese o en un plazo de 24 horas, como máximo, desde que la persona ha ingresado en la residencia.

Sheila recomienda iniciar este proceso por dos motivos: uno para proteger los intereses del marido de Rosa y, en segundo lugar, dado que las relaciones de Rosa con la familia de su marido no son buenas, para protegerla a ella. De esta forma, ella podrá demostrar que no ha hecho un mal uso de sus bienes.

Documentación:

  • Cumplimentar la solicitud para iniciar el proceso
  • Fotocopia del DNI de la persona a la que se quiere declarar incapaz. En el momento en que se entrega la documentación también se debe presentar el original para comprobar la información.
  • Certificado Literal de nacimiento
  • Copia del DNI de la persona que se propone como tutor y de los familiares directos (cónyuge y de todos sus hijos)
  • Datos personales (teléfono y dirección) de la persona que se propone como tutor y de los familiares directos (cónyuge y de todos sus hijos)
  • Acreditación de su patrimonio mediante una copia de las escrituras
  • Copia del testamento
  • Declaraciones de las rentas presentadas en los dos últimos años
  • Certificación de la pensión que recibe
  • Certificado del banco que acredite las cuentas en las que es titular y su saldo
  • Presentación de la documentación en el juzgado

Una vez presentada toda la documentación, se podrán en contacto con el familiar que ha solicitado la incapacidad. En este caso, con Rosa, y organizarán un cita.

En la entrevista, un representante del juzgado querrá saber cuáles son las razones que la han llevado a solicitar la incapacidad. También hablarán con más familiares. La persona, a la que se ha solicitado incapacitar, recibirá una citación. El objetivo es proporcionarle el derecho de defenderse.

En este caso, la citación llegará a la residencia. El médico del centro elaborará un informe explicando que la persona, debido a su incapacidad, no puede acudir al juzgado, por lo que tendrán que desplazarse a la residencia para poder examinarla.

A la residencia, acudirán un juez, un secretario judicial y un médico para hacer una valoración y decidir si esa persona debe ser incapacitada. Después de un periodo, les enviarán la sentencia.

Si hubieran serios problemas familiares, la trabajadora social de la residencia puede elaborar un informe explicando la situación y solicitando que den al caso un tratamiento más urgente. En una situación normal, este proceso puede llevar de siete a ocho meses.

Ayudas económicas

Sheila, tras estudiar el caso, le propuso a Rosa solicitar una Prestación económica vinculada al servicio (PEVS). En este tipo de ayuda, se recibe una cantidad mensual que servirá para contribuir a la financiación del coste de un servicio prestado por un centro o entidad privada, cuando no sea posible el acceso a una servicio de la red pública.

La cuantía de la ayuda está vinculada al grado de dependencia que tenga esa persona. Existen tres grados.

  • El grado I significa que esa persona tiene muy poca dependencia, es decir, se puede manejar por sí misma.
  • El grado II se otorga cuando la persona tiene una semidependencia. Lo que significa que la persona puede necesitar ayuda para hacer determinadas funciones, pero cognitivamente no necesita apoyo. Por ejemplo, puede necesitar ayuda para ducharse, pero es capaz de mantener una conversación.
  • El grado III significa que una persona necesita una supervisión las 24 horas. De lo contrario, hay riesgo de que le ocurra cualquier incidente.

Para este tipo de ayudas, el máximo que se puede recibir es de 715 euros al mes si la persona tiene un grado III. En caso de que tenga un grado II, el máximo es de 426 euros al mes y si tiene un grado I, el máximo es de 300 euros mensuales. Además, la ayuda se paga con efectos rectroactivos.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que si la ayuda que se va a solicitar se va a destinar a pagar una residencia, el grado I no tendrá prestación, según el artículo 2 del Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Reconocimiento del grado de discapacidad

Consiste en valorar las discapacidades que presenta una persona para asignarla un grado. Una vez acreditada esta discapacidad, entre los beneficios que se puede obtener se encuentran la desgravación en la declaración de la renta, la gratuidad de las medicinas prescritas por la Seguridad Social y, en el caso de que se necesite adquirir una silla de ruedas, también puede resultar gratuita para el paciente.

Fecha de publicación: 8 abril 2021

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3 Comentarios

  • Soy psicóloga social y deseo estar muy asesorada para poder orientar a los enfermos con demencia u otra enfermedad mental y a sus familiares. No saben cuáles son sus derechos (de los enfermos).

    • Querida Alicia: Muchas gracias por tu confianza. En cuanto a tu consulta, creo que lo mejor es que visites nueva web Cuidar Bien (debajo te copio la dirección) porque, semanalmente, publicamos nuevos artículos en los que abordamos todo tipo de cuestiones relacionadas con la demencia. En la web, hay una sección, denominada Te enseñamos y, dentro de ella, dos subsecciones dedicadas a Consejos y otra sobre Tratamientos y terapias. En ellas enseñamos al cuidador cómo manejar esta enfermedad y también le informamos sobre las últimas investigaciones relacionadas con esta patología. Además, nos puedes seguir en Facebook (solo tienes que buscar Cuidar Bien y dar a me gusta), donde también publicamos semanalmente nuevos artículos y, por último, te puedes suscribir a nuestra newsletter, en la que seleccionamos las informaciones más relevantes. Para ello, tienes que ir a la página principal de la web Cuidar Bien (home) y al principio, junto al logo de Sanitas, verás “suscríbete a Cuidar Bien”, solo tienes que hacer clic y escribir tu e-mail para que te podamos enviar la newsletter. Espero haber sido de ayuda. Un cordial saludo. Link web https://www.cuidarbien

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