Recursos
Pasos para incapacitar a un ser querido
¿Cómo proteger los intereses de un ser querido?
En esta infografía te damos los pasos a seguir para incapacitar a un paciente de alzheimer.
Fecha de publicación: 23 abril 2018
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5 Comentarios
Mi madre tiene demencia senil. Soy único hijo. Yo puedo tramitar la carta de poder. Unos hermanos de ella, que se supone que la ayudan, le quitan dinero y robado cosas de la casa. Si yo tramito la audiencia para la carta, ellos, como hermanos, ¿también podrían solicitarla? Y, si es así, ¿a quién le darían la tutoría? Mi enojo es que se aprovechan de su estado para lucrarse con ella.
Querido Fernando: Cuando se pone en conocimiento de las autoridades la posibilidad de que un ser querido, en este caso su madre, pudiera ser identificada como persona incapaz, las autoridades hacen un estudio y una vista del entorno sociofamiliar de la persona. En estas entrevistas, en las que se tienen en cuenta a las personas que podrían ser susceptibles de ejercer la tutela de la persona usuaria, se buscará en todo momento la protección y la mejor opción para la persona incapaz, por lo que si ya existen indicios de que ha habido cierto aprovechamiento económico por parte de un grupo de familiares, la labor del juez designado siempre será proteger a la persona vulnerable, la persona incapacitada, de este tipo de situaciones.
Debemos tener siempre en cuenta que el proceso de incapacitación es una medida de protección, que siempre se desarrolla con la intención de mejorar o frenar situaciones de desigualdad para personas que, por sus patologías o por el avance del envejecimiento, ya no pueden tomar decisiones o realizar ciertas acciones por sí mismas.
Por último, como en su comentario nos habla sobre un poder notarial, comentarle que si la persona ya se encuentra en un proceso de deterioro cognitivo avanzado, no podría realizarse un poder notarial, por lo que el proceso que se debe seguir para proteger a la persona, y para identificar a la persona más conveniente para ejercer su tutela, es el proceso de incapacitación legal. Un cordial saludo
Hola, tengo mi madre en una residencia desde el 2017 privada el 20 de mayo de este mes le concedieron una plaza pública, el 28 tengo el juicio para la tutela. Yo soy hija única mi padre falleció en 2009 y vivo y me crie en Suiza. La residencia me dijo que era mejor renunciar a la publica algo que no haré porque si le fue concedida y basada a su pensión que por suerte es buena pagaría 100 euros menos mensuales. Lo que quiero es que antes que tomen alguna decisión siempre me consulten antes, que la Pension de mi madre siga recibiendo en su cuenta y que la residencia no toque nada.
Habíamos pensado iniciar los trámites para incapacitar a una tía, dado que presenta ya unos niveles de deterioro cognitivo. Nosotros somos sus familiares más cercanos y somos sobrinos. ¿Con este parentesco podremos hacerlo? Gracias.
Querido Félix:
Muchas gracias por tu confianza. En cuanto a tu consulta, al ser sus familiares más cercanos sí pueden iniciar ese proceso. Como verás en la infografía, en la que se detallan todos los pasos de este proceso, se especifica que hay que tener un vínculo familiar con la persona a la que se va a incapacitar. Entre los ejemplos que se concretan, se menciona a los descendientes, que sería vuestro caso. Un cordial saludo.
https://www.cuidarbien.es/recurso/pasos-para-incapacitar-a-un-paciente-de-alzheimer